Reforma constitucional: el Gobierno de la Provincia apeló el fallo del Juzgado Electoral

Sostiene que la sentencia del Juzgado Electoral Provincial contradice la legislación vigente, desconoce una decisión del Superior Tribunal de Justicia y genera incertidumbre sobre un proceso institucional ya en marcha.

El Gobierno de la provincia presentó una contundente apelación contra la sentencia del Juzgado Electoral Provincial que anuló el Decreto N751/26, mediante el cual se había convocado a elecciones de convencionales constituyentes para el próximo 9 de agosto.

Se considera que la decisión judicial no solo carece de sustento jurídico suficiente, sino que además provoca un fuerte impacto institucional al paralizar un proceso democrático destinado a que la ciudadanía decida sobre una reforma de la Constitución fueguina.

El eje del planteo apunta a un aspecto central: la jueza Zanini habría determinado la nulidad del decreto de convocatoria por la queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pese a que la legislación nacional establece expresamente que ese recurso no detiene el curso del proceso.

Según sostiene la apelación, el Superior Tribunal de Justicia ya había resuelto la cuestión de fondo al validar la Ley Provincial Nº 1529, levantar la medida cautelar que suspendía el proceso electoral y ordenar una nueva convocatoria. Además, el máximo tribunal provincial rechazó posteriormente el Recurso Extraordinario Federal, adquiriendo firmeza a la que alude el fallo en la instancia jurisdiccional local.

Asimismo, recuerda que al momento de dictarse el Decreto Nº 751/26 no existía ninguna medida cautelar vigente, suspensión judicial ni resolución de la Corte Suprema que impidiera avanzar con la convocatoria electoral.

Uno de los argumentos más fuertes del recurso apunta a la defensa de la autoridad institucional del Superior Tribunal de Justicia. Se entiende que el fallo electoral termina revisando e interpretando una sentencia ya dictada por el máximo órgano judicial fueguino, alterando los efectos de una decisión que debía ser cumplida por los órganos del Estado; a 30 días de haberse notificado el decreto y con las acciones posteriores de los diversos poderes del orden institucional de la provincia.

En ese sentido, el escrito recuerda que la legislación provincial establece que los pronunciamientos del Superior Tribunal constituyen jurisprudencia obligatoria para todos los jueces y tribunales de la provincia.

Desde la mirada oficial, permitir que una resolución de una instancia inferior deje sin efecto práctico una decisión del máximo tribunal provincial supone una alteración del orden institucional y del sistema de jerarquías previsto por la Constitución.

La apelación también advierte sobre las consecuencias que la sentencia genera sobre el proceso democrático. La nulidad declarada impacta sobre un proceso electoral ya iniciado y abre un escenario de incertidumbre respecto de una instancia clave para el futuro institucional de Tierra del Fuego.

El Gobierno sostiene que aceptar una simple presentación ante la Corte Suprema pueda paralizar automáticamente decisiones judiciales provinciales firmes, pondría en riesgo la estabilidad de cualquier proceso institucional, afectando principios básicos como la previsibilidad y la seguridad jurídica.

Por esa razón, solicitó que la Cámara intervenga con carácter urgente y revierta el fallo, permitiendo la continuidad del proceso electoral convocado para elegir a los convencionales constituyentes.

Se argumenta, que en la controversia se encuentran comprometidos principios fundamentales como la autonomía provincial, la división de poderes, el sistema federal de gobierno, los derechos políticos de los ciudadanos y el normal funcionamiento de las instituciones republicanas.

Para el Ejecutivo fueguino, la discusión excede la validez de un decreto y se proyecta sobre la capacidad de las instituciones provinciales para desarrollar con normalidad un proceso electoral respaldado por una ley vigente y por una sentencia del Superior Tribunal de Justicia.