Objetarán la Ley Antidoping para jueces y funcionarios de ministerios públicos

El Superior Tribunal de Justicia aguarda la reglamentación de la Ley Antidoping para funcionarios públicos provinciales antes de aplicarla en su ámbito de incumbencia, aunque fuentes judiciales adelantaron objeciones a la instauración automática del cese de funciones para los casos de funcionarios de ese poder que dieran positivo en algún análisis de sustancias estupefacientes.

Según las fuentes consultadas “El diario del fin del mundo”, en el caso de los jueces y también de los funcionarios de los Ministerios Públicos, las autoridades no podrían hacerlos cesar de sus cargos con el mero resultado de un análisis, porque de ser así se saltearían los mecanismos constitucionales establecidos para la remoción de magistrados.

“Los jueces, por ejemplo, tienen inamovilidad funcional garantizada por la Constitución, y solo pueden ser destituidos de sus cargos a través de un jury de enjuiciamiento realizado por el Consejo de la Magistratura. Si un examen le da positivo para el consumo de una droga legal, solo podríamos enviar el caso al Consejo para se sustancie un jury por mal desempeño o inhabilidad moral sobreviniente, pero no se lo podría desplazar en forma automática”, opinó uno de los consultados.

Del mismo modo, un funcionario judicial no alcanzado por el proceso de jury tampoco podría ser removido automáticamente por la ley antidoping sin los procedimientos legales establecidos para su exoneración, como por ejemplo la realización de un sumario administrativo.

Por otra parte, en la Justicia estiman que la norma podría dar lugar a planteos legales dando cuenta de su presunta inconstitucionalidad, y mencionan la existencia de aspectos “complejos” como por ejemplo un mecanismo que garantice la transparencia y fiabilidad de la toma de muestras de orina que se utilizarían para testear el consumo de alguna droga.