Incendio en la “Reserva Corazón de la Isla”: El juez explicó los dos procesamientos

El juez de Tolhuin, José Silvio Pellegrino, habló en AIRE LIBRE FM sobre la resolución que adoptó de procesar a las dos personas responsables del arrasador incendio ocurrido un año atrás en la Reserva Corazón de la Isla, cerca de Tolhuin. El fuego terminó con más de 8 mil hectáreas. Procesaron al concesionario de ese lugar turístico, José Armando Ruíz, y al cuidador del complejo de cabañas turísticas, Duvalier Concha García. No se ha identificado a la persona que inició el fuego.

El magistrado manifestó que “había tres imputados, uno resultó sobreseído y dos personas se le atribuyen la responsabilidad por incendio culposo, la figura que habíamos hablado tantas veces de imprudencia, negligencia, incumplimiento de lo debería a su cargo, en fin, la figura atenuada del incendio. El incendio culposo significa que no fue intencional”.

Detalló el juez que “a José Armando Ruiz se le atribuye la responsabilidad en una primera decisión. El y su señora, en su momento habían administrado lo que era la estancia Carmen, que después pasó a ser la reserva Corazón de la Isla, y en ese cambio el gobierno le permitió usufructuar una cierta cantidad de hectáreas para actividades turísticas”.

La otra persona, Duvalier Concha García, “estaba a cargo de unas cabañas de agroturismo, como se le dice ahora, con esta modalidad turismo-aventura. Y Duvalier era también encargado, responsable, operador del complejo, ¿no? En ausencia de los titulares”.

“Existe una determinación científica de inspecciones oculares y demás que dan mayor precisión sobre lo que yo consideré que era el uso del lugar donde se inició el incendio. Todas las partes argumentaron excusas defensivas que pretenden hacer valer el proceso entre estas otras, pero el gobierno tenía un acceso independiente, sin perjuicio de que, por supuesto, el señor Ruiz se lo podía facilitar si quisiera”, amplió el entrevistado.

Recordó que “el fiscal sí imputó a estas personas, después la decisión del procesamiento la tiene el juez, él requiere una investigación, por supuesto hay un voto de mérito en determinadas personas, y yo creo que los imputados son estos, y a partir de ahí, en el sistema FOINO todavía, porque esto en el resto del país es muy distinto, en el sistema FOINO es el juez el que tiene a cargo la investigación”.

“Hay un embargo preventivo, pero eso es por las costas, es una medida que se toma por el Código Procesal por las costas que puede generar el juicio, que no tiene nada que ver con el potencial reclamo de daño ambiental”.

El Estado provincial o un particular damnificado, en el futuro puede hacer una demanda sobre estas personas por los daños ambientales causados, es decir, iniciar en el fuero Civil una demanda patrimonial.

¿Se sabe cómo empezó el fuego?

“Sí, sí, un lugar donde se había acondicionado un fogón con una protección muy precaria de una alcantarilla, en proximidades del establecimiento. Lo que no tenemos es prácticamente la persona que prendió el fogón, eso es casi imposible. Pero bueno, hay una determinación de responsabilidad, es un poco complejo, pero en definitiva la persona que prendió el fogón no está identificada”.

() Aire Libre FM 96.3: