Detalles de los fallos judiciales donde bancos deberán indemnizar a clientes

El doctor Gustavo González, titular del Juzgado Civil y Comercial 2 de Ushuaia, habló con AIRE LIBRE FM e informó sobre dos fallos judiciales que responsabilizan a los bancos por estafas virtuales. Se concluyó que fallaron en cumplir con normativas de seguridad, lo que afectó a las víctimas. Las sentencias están en apelación.

El magistrado comenzó señalando que “son dos fallos que salieron recientemente de una vecina y un vecino de la ciudad de Ushuaia, que fueron víctimas de estafas virtuales, que cada vez más es más conocido en nuestros días. Cada vez hay más. Uno fue el ex HSBC Bank Argentina S.A -ahora Galicia-, y el otro el banco Hipotecario. Ambos vecinos fueron estafados de manera virtual con maniobras fraudulentas. Hubo denuncias penales respecto a esto. Independientemente del curso de la investigación penal, desde el tribunal entendimos que los bancos son responsables en el marco, en el marco de la ley de defensa al consumidor por incumplir algunas comunicaciones y resoluciones del Banco Central de la República, que habla de los niveles de seguridad que tienen que tener las entidades bancarias al momento de otorgar préstamos o la seguridad bancaria digital.
Eso es el centro de la de la discusión. Los dos fallos se fundaron en la ley de Defensa al Consumidor por la falta de información de parte de los bancos hacia los usuarios y por la falta de controles al momento de otorgar esos préstamos que no fueron pedidos. En el caso de la clienta del ex HSBC Bank Argentina S.A., se contactaron por ella por teléfono, empezaron a hacer la maniobra fraudulenta y le vaciaron la caja de ahorro, el dinero que tenía depositado y a la vez pidieron un préstamo a nombre de ella. El banco se lo otorgó automáticamente y a nuestro ver, el banco no convalidó, no siguió los pasos necesarios para verificar la titularidad de la persona que estaba pidiendo el préstamo de manera virtual. Y en el banco hipotecario algo parecido”.

¿Cuáles serían esos pasos que tendría que haber hecho el banco para verificar la titularidad?

“Por ejemplo, hay comunicaciones que dice que tiene que haber doble verificación, que no puede ser. Te piden datos biométricos, ¿viste? Pero a la vez los datos biométricos tienen que pasar una cantidad de horas para que ese préstamo te lo otorguen. Te tienen que mandar un mensaje de texto al teléfono de contacto.
En el caso del cliente del banco hipotecario, el banco se defiende diciendo yo mandé ese mensaje de texto a un teléfono, pero el teléfono que lo mandó fue al teléfono laboral del cliente, no al teléfono particular. Entonces a nosotros nos da a entender que el teléfono laboral de una empresa lo puede tener cualquiera, no el cliente del banco.
Entonces esa esa doble convalidación no existió desde el lado de lo que analizó el tribunal.
Y en el caso del ex HSBC Bank Argentina S.A. esa doble convalidación nunca existió. Fue automático el préstamo, está claro, entre otras cosas.
Esta gente recurrió a sus abogados, plantearon el caso y bueno, salieron las sentencias. Hay que decir que las sentencias, las dos han sido apeladas por los bancos. No ahora están en apelación y bueno, lo revisará la Cámara de Apelaciones”.

¿Hay sentencias similares a las tuyas en otras provincias?

“Yo creo que sí. Es recurrente cada vez, cada vez más recurrente. Si hay jurisprudencia, ya que se van, se van caminando para este lado, porque te digo que es cada vez más común las estafas virtuales. De hecho, el Poder Judicial de la provincia está haciendo un trabajo a través de las fiscalías, alertando a los vecinos de este tipo de maniobra”.

¿Qué pasa con las otras personas y personas que han sido damnificadas por una estafa virtual no más o menos similares como estas? Qué es lo que puede hacer? Cuál es el camino judicial que pueden tomar?

“A esta pregunta yo te agradezco que la hagas, porque salió un comunicado en el cual parte del comunicado, palabras más, palabras menos, dice que desde el juzgado le hace saber a los vecinos que estas maniobras van creciendo, que las víctimas no están solas, que no están
indefensas, que pueden reclamar por los daños mencionaron desde el juzgado.
En realidad, el juzgado eso no lo dice. Si nosotros como nosotros, como tribunal, no podemos decir eso. Eso lo dice la nota. Es la la la pluma, si se quiere, de la oficina de prensa del Superior Tribunal de Justicia.
Lo cierto es que no es porque lo diga yo desde el tribunal.
Cualquier persona que es víctima de una estafa, los caminos es ir a ver a su abogado de confianza, realizar la denuncia policial y si considera que tiene abierta una vía de un reclamo civil, tiene que iniciar un juicio. Esos son los caminos, pero no porque no porque el tribunal a cargo de González le diga a los vecinos que ustedes tienen derecho.
Yo no estoy instando a que lo hagan, desde el tribunal nunca dijimos esa palabra. Quien sea víctima tiene que recurrir a una fiscalía, hacer la denuncia por estafa y después transitar un proceso civil si lo considera”.

Teniendo en cuenta la investigación que ha hecho el Juzgado. ¿Usted creen que desde el Banco Central están regulando bien estas normativas o estas actividades que hacen los bancos?

“Yo entiendo que sí, porque están las comunicaciones del Banco Central donde le dicen las entidades bancarias qué es lo que deben hacer. Los bancos tienen realmente muchos sistemas de seguridad. Lo que pasa es que la gente que se dedica a hacer estafas están cada vez más ingeniosos. Este es el problema y la gente, el vecino, la vecina.
Está indefensa y está ahí en esta trampa. Lamentablemente es así, pero el Banco Central tiene regulado esto. Y acá lo que se condena es a los bancos por incumplir la normativa. Que impone el Banco Central para este tipo de transacciones virtuales”.

Cuando empezaron este tipo de estafas, desde algún banco que consultamos nos respondieron que ellos no eran responsables porque el cliente les daba la contraseña al estafador virtual.

“Por ejemplo, yo te puedo dar esa contraseña, pero el banco a la vez tiene que validar de otra manera que soy yo el que di la contraseña y no otro con, por ejemplo, este que esto que te digo del banco hipotecario, que él manda ese mensaje de texto, pero se lo mandó a un teléfono laboral. El banco eligió mandárselo al teléfono laboral y no al particular del cliente.
Entonces ahí está la falla del banco”.

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