“Caso Abregú”: Por qué el fiscal opina que debe seguir preso

Ramón Ángel Abregú asesinó de cuatro balazos a Eva Azulina Falcón, quien estaba embarazada. Fue condenado en Río Grande y se fugó de la cárcel hace veinte años, estuvo en la clandestinidad y hace unos días se entregó. Pudo escapar y regresar a la isla sin que lo detectaran los controles fronterizos. Ahora, el fiscal Martín Bramatti habló con AIRE LIBRE FM y explicó por qué motivo se opuso a la prescripción de la causa.

Bramatti explicó que “la fiscalía planteó sus respuestas ante el pedido de prescripción del defensor el doctor de la Riva. Nosotros consideramos que en realidad no era un supuesto de prescripción de la pena como estaba planteado porque para que sea prescripción de la pena eh eh la persona condenada debe ser notificado personalmente de esa condena y a partir de la medianoche de ese día empieza a correr el plazo de la prescripción eso lo dice el 66 del código penal. Para nosotros como Abregú se profugó y se fue de la isla hace 22 años pero lo hizo antes de que el superior tribunal de justicia confirmara la sentencia de la condena a 20 años de prisión, nosotros sostenemos que en realidad esa sentencia para nosotros no está firme.
Para la fiscalía no está firme y por eso no es un supuesto de prescripción de la pena incluso hay una interpretación intermedia que es aún cuando se sostenga que con la notificación al defensor de esa decisión del superior tribunal, quedó firme la sentencia. El hecho de que no se le haya notificado a él personalmente esa esa circunstancia tampoco permite que empiece a correr el plazo de la prescripción de la pena porque recién la prescripción de la pena comienza a correr desde que se le notifica al reo de manera general y cuánto tiempo le queda o sea esto se hace con un cómputo”.

“Entonces con eso nosotros le planteamos al tribunal de justicia y le dijimos prescripción de la pena no hay y dijimos bueno nos vamos a adelantar porque al señor defensor le decimos no hay prescripción de la pena va a decir bueno pues entonces fíjense la prescripción y lo que nosotros sostuvimos es que en realidad para nosotros es muy importante el tema de la evasión en sí como delito porque desde el día que él se evadió si bien consumó la evasión de manera instantánea ese día durante todos los días siguientes él siguió siendo un evadido”, agregó el funcionario judicial.

Con la fuga de Abregú “se le siguió impidiendo al Estado ejercer su derecho a responsabilizar a las personas que cometen un delito y ejecutar esa pena cosa que él no permitió que suceda y además otra cosa que tomamos en cuenta es que la prescripción de la acción en general es un castigo al estado por no hacer las cosas en tiempo rápido. En tiempo oportuno. Y acá no es que el Estado no pudo o no quiso o hizo mal las cosas como para que se prescriba la causa. El tema es que justamente él con su evasión consumándolo cada día de no presentarse a derecho él siguió cometiendo ese delito de manera permanente desde que se fue hasta que cesó cuando se presentó en el tribunal de juicio. Entonces dijimos todo ese plazo no se puede contar y si no se puede contar ese plazo no hay prescripción de la acción”.

(EN EL AUDIO, LA ENTREVISTA COMPLETA)
() Aire Libre FM 96.3: