“No se pudo acreditar que le haya pegado un botellazo en la cabeza”, señaló el fiscal
El fiscal Ariel Pinno se refirió en diálogo con Aire Libre FM a la absolución de Juan Manuel Copado, en un juicio donde no pudo acreditarse que hubiera golpeado deliberadamente a una joven con una botella en la cabeza, tal como sostenía inicialmente la acusación.
Según explicó el funcionario judicial, el conflicto comenzó horas antes en el local nocturno Queens, donde se produjo una discusión que terminó con el retiro del imputado y un amigo. Más tarde, la víctima, junto a una amiga y su hermano, volvió a cruzarse con el vehículo en la vía pública y allí se reanudó el enfrentamiento.
Pinno detalló que primero hubo insultos y un zapatazo contra el automóvil, mientras que posteriormente la joven y sus acompañantes arrojaron piedras contra el vehículo cuando volvieron a encontrarse en otra calle. A raíz de eso, el auto frenó y descendieron sus ocupantes, produciéndose un altercado físico.
El fiscal sostuvo que las imágenes incorporadas al juicio resultaron determinantes, ya que contradicen parte del relato inicial de la víctima. Explicó que en los registros no se observa al imputado avanzando para atacarla, sino que aparece a un costado mientras la joven lo increpa y lo empuja reiteradamente.
De acuerdo a la reconstrucción presentada en el debate, ambos terminaron cayendo al piso: el imputado de espaldas y aún con una botella en la mano, mientras la joven cayó sobre él. En ese contexto se produjo la lesión, aunque no pudo establecerse con certeza de qué manera ocurrió.
“No se pudo acreditar que le haya pegado un botellazo en la cabeza”, afirmó Pinno, quien además remarcó que tampoco se logró probar una agresión dolosa o directa. Incluso indicó que la propia víctima manifestó estar convencida de que él la había lesionado, aunque reconoció no recordar exactamente cómo ni en qué momento sucedió.
Por ese motivo, la fiscalía solicitó la absolución al considerar que la prueba no alcanzaba para obtener una condena penal. El fiscal aclaró que ello no significa que el hecho no haya existido, ya que confirmó que hubo una pelea y una lesión, pero sin poder determinar fehacientemente que el acusado la hubiera provocado intencionalmente.
Asimismo, descartó que se tratara de una falsa denuncia y explicó que el conflicto ocurrió realmente, aunque el relato de la denunciante no coincidió completamente con las pruebas reunidas durante el juicio.
Finalmente, Pinno remarcó la diferencia entre la etapa de instrucción y el juicio oral. Señaló que para procesar a una persona alcanza con un grado de probabilidad, mientras que para condenarla se requiere certeza plena sobre la responsabilidad penal del acusado.
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Aire Libre FM 96.3







