La Justicia Federal admitió que analizará el tema ambiental, en el proceso de licitación de áreas petroleras en Malvinas

En el marco de la acción colectiva de amparo presentada por el intendente Gustavo Melella, junto a representantes de diferentes espacios políticos, sindicales, y sociales, la Justicia Federal admitió la representatividad del Jefe Comunal para iniciar una acción de estas características. Ahora la jueza pedirá pruebas a organismos nacionales, como ser el Observatorio de la Energía, Tecnología e Infraestructura para el Desarrollo y a la Secretaría de Energía, para luego emitir una resolución y saber si en este proceso se cumplieron las normativas ambientales.

Esto despeja las dudas acerca de la potestad del intendente de encabezar esta iniciativa contra la decisión del Gobierno Nacional.
Sobre este tema, habló en AIRE LIBRE FM Andrés Dachary, subsecretario de Modernización e Innovación del Municipio (audio).

Por su parte, Gustavo Melella dijo que “vemos con mucho agrado este primer paso que da la justicia la cual nos reconoce la posibilidad de intentar frenar esta entrega de recursos y soberanía”.

“Si bien hoy el Gobierno de Macri aprobó las concesiones, nuestra presentación fue hecha con anterioridad por lo que tenemos confianza en que podamos judicialmente evitar lo que está ocurriendo”, resaltó.

Asimismo, el intendente destacó que “hubo muchas organizaciones y personas que acompañaron este amparo, porque todos los fueguinos sabemos de la importancia de proteger nuestros recursos naturales y de reafirmar nuestros derechos soberanos frente a Gran Bretaña”.

“Vamos a seguir profundizando todas las acciones que sean necesarias para que el Presidente Macri de marcha atrás con este proceso de desmalvinización y de abandono del reclamo de soberanía sobre nuestras islas y nuestros recursos naturales ”, finalizó.

DETALLES DE LA RESOLUCION

La jueza Borruto admitió la intervención de Melella, reconociendo su legitimación para representar los intereses invocados, así como que los hechos en los que se basó la petición podrían a prima facie resultar de incidencia colectiva.
En ese orden y previo expedirse en relación a la procedencia de la acción de amparo y de la medida cautelar solicitada, hizo lugar a las medidas solicitadas por el fiscal, Marcelo Rappoport, en el marco de las facultades acordadas por la ley procesal al Juez.

En consecuencia, se ordenó la producción de parte de la prueba informativa, esto es el libramiento de dos oficios, el primero de ellos al Observatorio de la Energía, Tecnología e Infraestructura para el Desarrollo (OETEC) a fin de que proceda a remitir todos los informes propiciados sobre el denominado Concurso Público Costa Afuera N°1 y el restante a la repartición donde se encuentre tramitando el expediente administrativo del Concurso Publico Internacional Costa Afuera Nº 1 a fin de que remita toda documentación que dé cuenta del cumplimiento de los recaudos establecidos en las Leyes 26.659/2011 y 26.915/13 y las medidas de resguardo para evitar la participación en los concursos de empresas que se encuentren en infracción respecto de dicho plexo normativo, toda documentación e informes sobre los estudios de evaluación de impacto ambiental realizados para la habilitación de la actividad hidrocarburifera que prevé el Decreto 872/18 y se remita el informe de preselección, precalificación y/o pre adjudicación desarrollado por la Comisión Evaluadora o área técnica competente en la que conste el orden de mérito y fundamentos técnicos, 26 financieros, operativos y legales sobre cada uno de las empresas concursantes y admitidas en el concurso en cuestión.

Por último, se adelantó que los organismos destinatarios de los pedidos serán emplazados para contestar en el plazo de tres días de recibidos los correspondientes oficios.

En cuanto a los próximos pasos a seguir en el trámite del expediente, se hace saber que una vez obtenida la información requerida, se correrá nueva vista al Ministerio Público Fiscal de conformidad con lo solicitado por su titular, para que se expida en relación a lo requerido por el accionante.